Ángel Collado (hartos.org) - 16/4/2013
La rebelión de los alcaldes (del PP y del PSOE) ante la reforma de la Administración local impulsada por el Gobierno incluye una defensa cerrada de la actual estructura de nombramientos de directivos, cargos de libre designación, personal eventual y niveles retributivos de los actuales ediles. En contra del proyecto elaborado por el Ejecutivo, insisten en poder tener tantos contratados como concejales o nombrar altos cargos sin necesidad de elegirlos entre los funcionarios de carrera.
Las alegaciones de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) al anteproyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local (adelantadas por El Confidencial el pasado domingo), son una enmienda a la totalidad de la principal reforma comprometida por Mariano Rajoy para antes del verano y especialmente prolijas en todo lo que afecta a cuestiones de personal y remuneraciones de los alcaldes.
El Gobierno pretende limitar el número de trabajadores eventuales que puede contratar cada ayuntamiento para que guarde proporción con su plantilla de funcionarios y de responsables políticos. Ahora hay municipios con más asesores o personal de libre designación que número de concejales. El proyecto del Ejecutivo es prohibir eventuales en localidades de menos de 5.000 habitantes, y que se pueda contratar uno a partir de esa cifra y hasta los 10.000.
Con esa proporción, la tabla llega hasta al tramo entre los 75.000 y los 500.000 habitantes, donde el límite se fija en el número de concejales de cada ayuntamiento. Por encima del medio millón se establece que el número de eventuales no podrá superar el 0,7% de la plantilla de los fijos (funcionarios) de las respectivas entidades locales.
La FEMP, en sus alegaciones pactadas entre alcaldes de todos los partidos, discrepa de tanta precisión y esgrime: “Deberá establecerse en este artículo que los puestos reservados en las plantillas al personal eventual se determinarán atendiendo a las necesidades del equipo de Gobierno local y respetando la representación política de los distintos grupos en el último proceso electoral”.
La Federación también barre para las Diputaciones al oponerse a otro recorte estructural incluido en los planes del Gobierno al establecer que el número de eventuales en diputaciones provinciales, consejos y cabildos insulares “no podrá superar la mitad del número de diputados o miembros electos de las citadas entidades”. La FEMP propone que la norma sea dejarlo en el mismo número “que el de la corporación del municipio más poblado de la provincia”. De esa manera se garantizan una proporción mayor de eventuales.
Los alcaldes invocan el principio de la autonomía local para rechazar de plano la pretensión del Gobierno de exigir que todo nombramiento de personal directivo en toda la Administración local se haga “de acuerdo con los criterios de competencia profesional y experiencia entre funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales”. La FEMP se opone a que sólo puedan ser directivos los funcionarios y propone saltarse esa norma cuando el pleno de cada entidad lo considere conveniente “en atención a las características específicas del puesto directivo”.
Los alcaldes-funcionarios quieren elegir sueldo
A pesar de poner esas pegas a que sólo los funcionarios de carrera puedan ser directivos, cuando los responsables de ayuntamientos, diputaciones y demás entidades locales procedan de la carrera administrativa aspiran a que la reforma de la ley no les perjudique en sus remuneraciones. Visto que el Gobierno considera innegociable el principio de rebajar los salarios de los alcaldes, la Femp propone que cuando además sean funcionarios públicos “podrán optar entre la retribución del cargo público o aquella que percibieran como funcionario de cualquiera de las Administraciones Públicas”.
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